Si "optimizar" se define como "buscar la mejor manera de realizar algo",
se puede entender la "optimización del E.P.I. del bombero" como el modo
de sacar las mejores prestaciones al equipo de protección individual.
No basta con que los E.P.I.s. cumplan el R.D. 1407/1992, que establece
las condiciones para la comercialización y libre circulación de los
E.P.I.; o el R.D. 773/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y
salud de equipos de protección individual, en su caso. Así como tampoco
es suficiente el cumplimiento de las características técnicas tales como
los requisitos de protección, diseño y resistencia mecánica, entre
otras, que quedan garantizadas mediante la aplicación de las distintas
normas técnicas armonizadas (Normas UNE-EN).
Todo lo descrito, por sí solo, no basta para optimizar el equipo de
protección individual; pues una adecuada gestión del E.P.I. del bombero
en los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamentos debería ir
acompañada, necesariamente, de las siguientes premisas:
1ª) La selección del E.P.I. constituye la primera acción, que resulta
clave para la consecución del objetivo propuesto. Por ello, sería muy
interesante que en los diferentes Servicios de Bomberos se
constituyeran equipos de trabajo heterogéneos, para colaborar con la
Dirección correspondiente, respecto a la toma de decisiones que
contribuyera a un mayor acierto y eficiencia en las compras realizadas
para la equipación de protección personal del bombero.
Diversos Servicios de Bomberos han ido optando por esta fórmula,
incluyendo en su organización lo que se viene denominando "Comisión de
compras", o "Comité técnico de compras". De composición paritaria,
estarían formadas, de una parte, por un equipo en el que quedara
representada la Jefatura y los representantes de los trabajadores
(debidamente asesorados por personal operativo con competencias en cada
determinada materia). De otra parte, se encontrarían los responsables
técnicos y/o políticos de la Admón. o empresa correspondiente a la que
perteneciese cada Servicio.
2ª) Todas las prendas destinadas a proteger a los bomberos de
determinados riesgos deben utilizarse, revisarse y mantenerse conforme a
las especificaciones del fabricante; debiendo disponer el Servicio a
tal efecto de las correspondientes "fichas de revisión" que, en cada
caso concreto, facilitan los propios fabricantes.
En su defecto, sería conveniente la elaboración, por parte del propio
Servicio, de "fichas estándar" basadas en las instrucciones generales de
uso y mantenimiento que indica cada fabricante en relación a cada
concreto producto.
3ª) No menos importante es el control de la antigüedad y estado de uso a
efecto de retirada de los citados E.P.I.s. Un casco de intervención,
por citar un ejemplo, se entrega en una fecha concreta y no tiene ya una
durabilidad de por vida por el mero hecho de que el fabricante no
concrete la fecha de retirada o la temporalidad de uso.
En relación a la retirada y reposición de un E.P.I. de bombero, deberían
tenerse en cuenta las siguientes cuestiones de importancia:
a) Si el fabricante marca una concreta fecha de caducidad, debe ser esta
obligatoriamente la de retirada y reposición del producto.
b) Si el fabricante "recomienda" un tiempo de vida útil del producto,
debe considerarse aquélla como fecha límite para la retirada y
reposición del mismo.
c) Si el fabricante ni obliga ni recomienda la retirada del producto en
un tiempo concreto, se atenderá a lo estipulado al respecto en cada
Acuerdo Regulador de Condiciones de Trabajo -o Convenio Colectivo, en su
caso-; así como a la información "objetiva" que sobre dicho E.P.I.
proporcione, en cada caso concreto, el usuario del mismo.
4ª) Por último, deberán de tenerse
presente las inspecciones periódicas a las que deban someterse los
diferentes equipos de protección (tales como los equipos de respiración
autónoma); así como las particularidades en la limpieza de algunas
prendas. Tal es el caso del chaquetón y el cubre-pantalón de
intervención, que corren el riesgo de perder todas o buena parte de las
propiedades de protección de dichas prendas si se realiza la limpieza
por empresas ajenas al fabricante, sin el escrupuloso cumplimiento de
las indicaciones de mantenimiento, limpieza y desinfección.
Si todas o la mayor parte de estas acciones se llevan a cabo, a buen
seguro conseguiremos "optimizar": una cuestión de derecho, que debe ser
también una obligación de todos.
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