jueves, 26 de junio de 2014

Se requerirá el consentimiento de los dos padres para expedir un pasaporte a un menor.

  • Se ha implantado esta medida para evitar posibles problemas de sustracción de menores. Hasta ahora solo era necesario con el consentimiento de uno de los progenitores.
  • Los cambios introducidos afectan también a la documentación requerida para la obtención del pasaporte, que se equipara a los documentos que se exigen para obtener el DNI

(EFE). Mañana entrará en vigor el real decreto que requerirá el consentimiento expreso de los dos progenitores -hasta ahora solo era necesario con uno- a la hora de expedir un pasaporte a un menor de edad para evitar posibles problemas desustracción de menores.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles el real decreto que reforma elrégimen de expedición del pasaporte en el caso de los menores e incorpora mejoras técnicas, como un chip electrónico, en el que consten los datos biométricos y unas características técnicas que permitirán su lectura mecánica.
Entre las principales novedades, el texto establece que para expedir un pasaporte a un menor será necesario el consentimiento expreso de los dos progenitores, si ambos tienen atribuida la patria potestad, para evitar posibles problemas de sustracción de menores.
Los cambios introducidos afectan también a la documentación requerida para la obtención del pasaporte, que se equipara a los documentos que se exigen para obtener el DNI.
Así, será necesaria la presencia física de la persona que solicite el pasaporte y presentación del DNI, la solicitud, una fotografía y el resguardo acreditativo del pago de la tasa.
La nueva regulación recoge los requisitos técnicos del chip electrónico que se incorpora al pasaporte, en el que constan datos de filiación, fotografía digitalizada e impresiones dactilares, así como los caracteres técnicos que permitirán su lectura mecánica.
Entre las excepciones al derecho a obtener el pasaporte, el real decreto incluye aquellos supuestos en que el juez o el tribunal haya prohibido la salida de España o la expedición del pasaporte al menor o la persona incapacitada judicialmente.

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